2.Mose 22 | La Biblia Textual Nueva Versión Internacional (Castellano)

2.Mose 22 | La Biblia Textual

Sobre la propiedad y otros delitos

1 Cuando un hombre robe un buey o un cordero, y lo degüelle o lo venda, por aquel buey pagará cinco del ganado, y por aquel cordero, cuatro del rebaño. 2 Si un ladrón, sorprendido en el asalto, es herido y muere, nadie será culpable, 3 pero si ya ha salido el sol, será delito de sangre. Ciertamente el ladrón indemnizará, y si nada tiene, entonces será vendido por su robo. 4 Si lo que hurtó fuera hallado vivo en su poder, sea buey, asno u oveja, con el doble hará restitución. 5 Cuando alguno destroce un campo o una viña por haber soltado su bestia a pastar en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo o lo mejor de su viña. 6 Cuando un fuego se propague a los zarzales y consuma la parva, o las gavillas, o el campo, el que encendió el fuego sin falta hará restitución. 7 Cuando un hombre dé a su prójimo plata u objetos a guardar, y sean hurtadas de la casa de aquel hombre, si se halla al ladrón, restituirá el doble. 8 Pero si el ladrón no es hallado, entonces el dueño de la casa se acercará ante ’Elohim jurando si ha metido mano en los bienes de su prójimo, o no. 9 En todo asunto de transgresión, sea de buey, de asno, de oveja, de vestido, o cualquier pérdida, en la que se diga: ¡Esto es así!, el asunto de ambos se llevará ante ’Elohim, y aquel a quien ’Elohim declare culpable, pagará el doble a su prójimo. 10 Cuando un hombre dé a su prójimo un asno, toro, u oveja, o cualquier animal para ser guardado, y muera, o sea despedazado o llevado sin que nadie vea, 11 se interpondrá juramento de YHVH entre ambos, de que su mano no se extendió a los bienes de su prójimo, y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. 12 Pero si hubiera sido robado de junto a él, indemnizará a su dueño, 13 pero si fue despedazado, le llevará evidencia y no pagará lo despedazado. 14 Cuando un hombre pida a su prójimo un animal, y sea herido o muerto en ausencia de su dueño, ciertamente pagará. 15 Si el dueño está presente, no pagará, si era alquilado, entrará en su alquiler. 16 Si un varón seduce a una virgen que no está comprometida, y se acuesta con ella, ciertamente deberá dotarla por mujer para sí mismo. 17 Pero si su padre rehúsa terminantemente dársela, él pesará el dinero conforme a la dote de las vírgenes. 18 A la hechicera no dejaras vivir. 19 Todo el que se ayunte con animal, será muerto irremisiblemente. 20 El que ofrezca sacrificio a cualquier dios que no sea YHVH, será destruido por completo. 21 No maltratarás ni oprimirás al extranjero, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 No afligiréis a la viuda o al huérfano. 23 Si en verdad los afliges, y elevan a mí su clamor, ciertamente Yo escucharé su clamor, 24 y se encenderá mi ira, y os haré morir a espada, y vuestras mujeres quedarán viudas y vuestros hijos huérfanos. 25 Si prestas dinero a mi pueblo, al pobre que está contigo, no serás usurero con él ni le impondrás interés. 26 Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás a la puesta del sol, 27 pues el manto para su piel es su único cobertor, ¿en qué se ha de acostar? Y si clama a mí, sucederá que Yo escucharé, porque soy misericordioso. 28 No injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo. 29 De tu cosecha y de tu vendimia no retardes la ofrenda. Me darás al primogénito de tus hijos. 30 Así harás con el de tu buey y con el de tu oveja. Siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás. 31 Y me seréis hombres santos, y no comeréis carne despedazada en el campo; a los perros la echaréis.

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Nueva Versión Internacional (Castellano)

Protección de la propiedad

1 »Si alguien roba un toro o una oveja, y los mata o los vende, deberá devolver cinco cabezas de ganado por el toro, y cuatro ovejas por la oveja. 2 »Si a alguien se le sorprende robando, y se le mata, su muerte no se considerará homicidio. 3 »Si se mata al ladrón a plena luz del día, su muerte se considerará homicidio. »El ladrón está obligado a restituir lo robado. Si no tiene con qué hacerlo, será vendido para restituir lo robado. 4 »Si el animal robado se halla en su poder y todavía con vida, deberá restituirlo doble, ya sea que se trate de un toro, un asno o una oveja. 5 »Si alguien apacienta su ganado en un campo o en una viña, y por dejar a sus animales sueltos ellos pastan en campo ajeno, el dueño del animal deberá reparar el daño con lo mejor de su cosecha. 6 »Si se prende fuego en pasto seco, y el fuego se propaga y quema algún trigal, o el trigo ya apilado, o algún campo sembrado, el que haya comenzado el fuego deberá reparar el daño. 7 »Si alguien deja dinero o bienes en la casa de un amigo, y esos bienes le son robados, el ladrón deberá devolver el doble, en caso de que lo atrapen. 8 »Si no se atrapa al ladrón, el dueño de la casa deberá comparecer ante los jueces* para que se determine si él se apropió de los bienes del otro. 9 »En todos los casos de posesión ilegal, las dos partes deberán llevar el asunto ante los jueces. El que sea declarado culpable deberá restituir el doble a su prójimo, ya sea que se trate de un toro, o de un asno, o de una oveja, o de ropa, o de cualquier otra cosa perdida que alguien reclame como de su propiedad. 10 »Si alguien deja al cuidado de algún amigo suyo un asno, un toro, una oveja, o cualquier otro animal, y el animal muere, o sufre algún daño, o es robado sin que nadie lo vea, 11 el amigo del dueño jurará ante el SEÑOR no haberse adueñado de la propiedad de su amigo. El dueño deberá aceptar ese juramento, y el amigo no deberá restituirle nada. 12 »Si el animal le fue robado al amigo, este deberá indemnizar al dueño. 13 »Si el animal fue despedazado por una fiera, el amigo no tendrá que indemnizar al dueño si presenta como evidencia los restos del animal. 14 »Si alguien pide prestado un animal de algún amigo suyo, y el animal sufre algún daño, o muere, no estando presente su dueño, el que lo pidió prestado deberá restituirlo. 15 »Si el dueño del animal estaba presente, el que pidió prestado el animal no tendrá que pagar nada. »Si el animal fue alquilado, el precio del alquiler cubrirá la pérdida.

Responsabilidades sociales

16 »Si alguien seduce a una mujer virgen que no esté comprometida para casarse, y se acuesta con ella, deberá pagarle su precio al padre y tomarla por esposa. 17 Aun si el padre se niega a entregársela, el seductor deberá pagar el precio establecido para las vírgenes. 18 »No dejes con vida a ninguna hechicera. 19 »Todo el que tenga relaciones sexuales con un animal será condenado a muerte. 20 »Todo el que ofrezca sacrificios a otros dioses, en vez de ofrecérselos al SEÑOR, será condenado a muerte. 21 »No maltrates ni oprimas a los extranjeros, pues también tú y tu pueblo fuisteis extranjeros en Egipto. 22 »No explotes a las viudas ni a los huérfanos, 23 porque, si tú y tu pueblo lo hacéis, y ellos me piden ayuda, yo te aseguro que atenderé a su clamor: 24 arderá mi furor y os mataré a vosotros a filo de espada. ¡Y vuestras mujeres se quedarán viudas, y vuestros hijos se quedarán huérfanos! 25 »Si uno de vosotros presta dinero a algún necesitado de mi pueblo, no deberá tratarlo como los prestamistas ni le cobrará intereses. 26 »Si alguien toma en prenda el manto de su prójimo, deberá devolvérselo al caer la noche. 27 Ese manto es lo único que tiene para abrigarse; no tiene otra cosa sobre la cual dormir. Si se queja ante mí, yo atenderé su clamor, pues soy un Dios compasivo. 28 »No blasfemes nunca contra Dios,* ni maldigas al jefe de tu pueblo. 29 »No te demores en presentarme las ofrendas de tus graneros y de tus lagares.* »El primogénito de tus hijos será para mí. 30 »También serán para mí los primogénitos de tus toros y de tus ovejas. Los dejarás con sus madres siete días, pero al octavo día me los entregarás. 31 »Vosotros seréis mi pueblo santo. »No comeréis la carne de ningún animal que haya sido despedazado por las fieras. Esa carne se la echaréis a los perros.